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Crimen de Villa Gesell: la zapatilla delatora, el pasaje a la práctica de lo escrito en la teoría

La imagen ha sido repetida en cuanto medio audiovisual pueda haber, siempre las mismas fotos, léase que serían las pertenecientes a su hallazgo en el contexto de la instrucción sumarial por el delito.

Mientras las lealtades dentro del grupo que supuestamente mantendría un pacto de silencio se van resquebrajando, en una de las casas alquiladas por el grupo de adolescentes/ adultos jóvenes en Villa Gesell, se halló un montículo de ropa en medio del cual había una zapatilla, sin grandes señas particulares que delatasen su origen o pertenencia, pero con un material invaluable al momento de la investigación de una muerte violenta: sangre.

La imagen ha sido repetida en cuanto medio audiovisual pueda haber, siempre las mismas fotos, léase que serían las pertenecientes a su hallazgo en el contexto de la instrucción sumarial por el delito.

Si uno hace una mirada de la foto, el ojo experimentado ya puede reconocer la existencia de diferentes patrones de contacto con la sangre depositada, en tanto se halló en la cara- cráneo de Fernando Báez Sosa, obviamente, no está en nadie que no sea el perito que disponga de tal calzado, quien pueda determinar los diferentes tipos de manchas halladas, por tamaño, cantidad de sangre, ángulo de contacto, desgaste específico por parte del usuario, etc. Aun determinado todo esto, la pericia de determinación de ADN es imprescindible para determinar que la sangre pertenece sí y sólo sí a la víctima de muerte violenta, de otro modo la pericia deja un margen de duda razonable el cual la defensa del/ de los imputado/s pueda relativizar para beneficio de su cliente, consagrando el principio de inocencia hasta demostración en contrario.

Por otra parte, tanto el interior como el exterior del calzado deben ser revisados en forma específica para la detección cualquier tipo de material biológico (pelos, sangre, sudoración, células epiteliales, etc.) del usuario o usuarios del calzado. Si el usuario es o fue único, todos los materiales  biológicos que portan ADN deben corresponderse con los de esa persona, que a su vez, debe hallarse imputado en la causa. En el caso de que haya múltiples muestras de ADN, las mismas, si bien no en forma exclusiva, deben pertenecer al imputado y a las personas convivientes con él al momento del hecho que se investiga, sobre todo considerando que resulta una práctica habitual entre los jóvenes el intercambiarse las prendas de vestir, incluso el calzado.

No obstante todo lo mencionado hasta ahora, hay otro elemento de especificidad: la forma de desgaste del calzado, tanto en su suela como en toda su superficie, pues no hay dos personas que pisen igual, incluso en una misma persona hay diferencia entre los puntos de apoyo de cada pie. Esto, sumado a la conformación anatómica del pie, le da al calzado una forma única con el uso cotidiano que reproduce la forma del pie y el uso del mismo.

La marca de la huella es otro detalle de suma precisión, y acá se hallan depositadas grandes expectativas respecto del autor material de la mayoría de la agresión, o al menos de quien contribuyera con su acción directa, guardada en ese calzado, la agresión que conllevó el “evento muerte”. Solamente con todas estas comprobaciones con resultado positivo para una persona específica y sin capacidad de duda razonable, la pericia alcanza el objetivo de sustentar la imputación.

Las redes sociales.

Hoy en día, pocos conciben la vida social sin una nucleación en alguna red social, donde suelen realizarse todos tipos de posteos, generalmente destinados a una exhibición de muchos aspectos personales que de otro modo pasarían inadvertidos. Ahora bien, en el caso de este grupo de jóvenes (detenidos en Villa Gesell, imputados por el homicidio de Fernando Báez Sosa), muchos de los postes realizados tendían a mostrar un perfil (real o no) relacionado con el uso de la violencia física como mecanismo de diversión en sus salidas nocturnas. Estas redes están siendo investigadas en estos momentos como parte también fundamental de la investigación, pues pueden no hablar del último acto, pero sí brindar una idea más o menos acabada de las formas predominantes de expresión de la personalidad de estos sujetos.

A este respecto, durante la semana circuló un audio en el cual, supuestamente, uno de los imputados refiere (no textual) que rompieron una familia, que igual no iba a bajar la cabeza, y que la vida les estaba jugando una mala pasada; Si tal audio es veraz respecto a la persona y el contexto donde fue tomada, resulta a las claras una acabada muestra de antisocialidad como rasgo de la personalidad o trastorno de la misma, al haber una valoración crítica certera de los hechos pero sin carga afectiva ni demostración de arrepentimiento.

Cuando la amenaza del apremio se siente cercana, los pactos comienzan a resquebrajarse.

Luego de conocida la noticia, e identificados los ahora imputados por el homicidio, se suponía que iban a construir un monobloque con un único argumento que los dejase fuera del alcance de la justicia, inclusive con la idea de una defensa unificada. Sin embargo, una instrucción penal preparatoria que hasta el presente momento impresiona como bien diligenciada necesariamente comienza a actuar como la gota de agua en la piedra, por lo tanto no sería extraño ver en las próximas semanas más de un abogado asumiendo la defensa de pocos o únicos pupilos, en tanto la investigación continúe arrojando resultados que sostengan los actos imputados o por imputar.

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