Coronavirus: El Ministerio de Salud amplió la definición de contacto estrecho
Entre las medidas aseguran que se considera contacto estrecho a personas que hayan tenido contacto con el infectado en las 48 horas previas a los síntomas.
En medio del pico de contagios del coronavirus, el Ministerio de Salud amplió la definición de contacto estrecho a toda persona que haya tenido contacto con el infectado en las 48 horas previas a los síntomas.
“Un rol clave que necesitamos transmitir es el de las personas que son contactos estrechos de los casos confirmados y es que es muy importante realizar el aislamiento preventivo, el monitoreo de los síntomas y el contacto muy precoz si aparecen síntomas, aunque sean muy leves para poder realizar el testeo y definir la confirmación o descartar el diagnóstico”, señaló durante el reporte matutino la secretaría de Acceso a la Salud Carla Vizzotti.
¿A quiénes se considera contacto estrecho? La cartera sanitaria amplió hoy la definición a “toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas”, así como a “cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeros de trabajo)”.
En el caso de barrios populares, pueblos originarios, instituciones cerradas o de internación prolongada, adicionalmente debe considerarse como contacto estrecho a:
• Toda persona que comparta habitación, baño o cocina con casos confirmados de COVID-19
• Toda persona que concurra a centros comunitarios (comedor, club, parroquia, paradores para personas en situación de calle, etc) y haya mantenido estrecha proximidad con un caso confirmado, mientras el caso presentaba síntomas (menos de 2 metros, durante 15 minutos)
Contacto estrecho en personal de salud
Se considerará personal de salud expuesto a SARS-CoV-2 a quienes sin emplear correctamente equipo de protección personal apropiado:
• Permanezcan a una distancia menor de dos metros de un caso confirmado de COVID-19 durante por lo menos 15 minutos (por ejemplo, compartir un consultorio o una sala de espera).
• Tengan contacto directo con secreciones (por ejemplo, tos, estornudo, etc.).
• Tengan contacto directo con el entorno en el que permanece un paciente confirmado (como habitación, baño, ropa de cama, equipo médico, entre otros, incluye los procedimientos de limpieza de estos).
• Permanezcan en el mismo ambiente durante la realización de procedimientos que generen aerosoles.
No se considerará personal de salud expuesto a SARS-CoV-2 a quienes hayan empleado correctamente el equipo de protección personal apropiado en todo momento.
Contacto estrecho en un avión/micro:
Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de casos confirmados, que hayan estado sintomáticos durante el vuelo y a la tripulación que haya tenido contacto con dichos casos.
Contacto estrecho en un buque
Todas las personas que compartieron un viaje en buque con casos confirmados.
Los contactos estrechos deberán permanecer en aislamiento domiciliario durante ese período de tiempo. Las autoridades jurisdiccionales sanitarias deberán realizar un monitoreo diario (por teléfono o mail) de posibles síntomas o signos de la enfermedad.
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