Concubinos, divorcio y herencia: las claves del nuevo Código Civil
Los cambios en la legislación generan polémica. En esta nota, todo el análisis y las voces de las dos veredas.
¿Qué pasará si se depositan dólares en un plazo fijo?
Córdoba: "A la moneda extranjera se la considera una cosa. Si un banco no tiene dólares para devolver, una forma de reparación es la entrega del equivalente de la moneda. Se devuelven pesos al valor que tenga esa moneda extranjera en la cotización que sea lícita".
Bergenfeld: "El Código establece que se lo tiene que devolver en la misma moneda. El problema es si el banco no tiene dólares para devolver. En cuyo caso, ¿qué cantidad de moneda de curso legal tiene que emplearse para la restitución del dinero de parte del banco? Es conflictivo, se está desvirtuando el cumplimiento de los contratos".
¿Qué sucederá con los concubinos y la herencia?
Córdoba: "Ante la separación de hecho de los cónyuges, aunque no estén casados, tienen derecho a la herencia".
Sirkin: "Los concubinos no tienen derecho al patrimonio hoy en día. Lo único que se mejorará en ese aspecto es el reconocimiento a las uniones convivenciales que tiene, como mínimo dos años. Estas uniones no tiene valor en cuanto a la herencia pero sí en cuanto a lo alimentario".
Córdoba: "También hay un pacto prenupcial. Con la reforma, los cónyuges pueden optar, a través de una escritura pública, tener un régimen de separación de bienes por la que no participarán las adquisiciones del otro durante todo el matrimonio".
Bergenfeld: "Esto se presta a abuso de derechos. Se trata de dos personas que tienen la voluntad de unirse pero a la vez una le pone condiciones a la otra que son perjudiciales".
Sirkin: "Me parece saludable en el sentido que es voluntario".
¿Cómo se dividen las ganancias tras el divorcio?
Córdoba: "Se separan los bienes gananciales que ha adquirido cada uno y se pagan las deudas. Lo que resta de eso se junta y se divide por mitades. Para los hijos todo seguirá igual tras la aplicación del nuevo Código".
Bergenfeld: "Vamos a tener que hacer ingeniería en abogacía para que el acreedor no termine siendo el perjudicado".