Compras por internet restringidas: ¿Qué productos quedan exentos?
Las nuevas medidas de la AFIP sólo afectan la compra de objetos físicos, que ingresan al país a través del "correo oficial".
Según la resolución 3579, la medida restringe las compras de mercaderías a proveedores del exterior a través de internet pero sólo afecta la compra de objetos físicos, que ingresan al país mediante un paquete a través de "el correo oficial" incluido "el servicio puerta a puerta o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier".
Es decir, que la medida deja no incluye bienes o servicios digitales, como aplicaciones, ebooks, servicios de streaming y música. En ese caso, solo se abona el 35% por sobre el valor de compra.
Además, el pago del 50% por sobre el valor de la compra sólo se debe abonar si se supera la franquicia anual de U$S 25, prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c.