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Comienza a regir un impuesto inédito sobre la exportación de servicios

El Gobierno reglamentó hoy el cobro de un derecho de exportación del 12% a la prestación de servicios.

Así, deberán tributar por sus ventas fuera del país los denominados servicios basados en el conocimiento, que reúne a sectores muy variados, desde quienes producen publicidades o software hasta quienes venden ingeniería para proyectos en otros lugares del mundo.

Según lo que estableció el decreto 1201, publicado en el Boletín Oficial , este tributo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020 y no podrá exceder los $4 por cada dólar estadounidense que se venda al exterior.

La imposición de este gravamen fue posible por la modificación a los artículos 10, 91 y 735 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, incluida en el Presupuesto 2019, a fin de regular la exportación de servicios.

Básicamente lo que se dispuso es que las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior sean consideradas como si se tratara de mercaderías, algo que era resistido desde el sector.

Otro de los miedos que tenían se relacionaba con el carácter transitorio del cobro del impuesto que ahora se conoció será de mínimo dos años.