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CLARIN Las batallas por las descargas ilegales

*Por Raúl Martínez Fazzalari. Varios países tienen ya leyes para controlar ciertas prácticas en Internet. No serán exitosas mientras las respuestas vengan sólo del Código Penal.

Con el nombre de SOPA por sus siglas en inglés (Stop Online Piracy Act), se presentó en el Congreso de los Estados Unidos el 26 de octubre pasado un proyecto de ley para intentar controlar las descargas ilegales por Internet .

En los últimos años la oferta de portales que posibilitan bajar archivos protegidos por los derechos de propiedad intelectual, como películas, series de televisión, música o libros, han crecido en forma exponencial.

Desde el surgimiento de Internet, la posibilidad fáctica de controlar las prácticas delictivas que por medio de la Red se comenten ha estado en el debate de los gobiernos, tribunales y ámbitos académicos. Algunas veces las soluciones dadas han tenido éxito, otras no. Por ejemplo, el avance en la tipificación de la pornografía infantil por medios electrónicos es un claro ejemplo del progreso al respecto .

En nuestro país, la reforma del Código Penal y la incorporación de los denominados delitos informáticos ha sido un paso importante al reconocer estas acciones execrables.

Pero el combate sobre las descargas y su violación a los derechos de propiedad intelectual no ha tendido un claro vencedor a actualidad. Las razones de este crecimiento las podemos encontrar en la gratuidad, velocidad o comodidad de las mismas . No obstante ello, ninguna justifica la violación de la leyes vigentes .

Diversas respuestas han dado otros países al tema. España aprobó hace unos años el denominado canon digital, cobrando un plus por cada compra de dispositivos electrónicos para compensar a los autores por las descargas.

Por su parte, Francia sancionó la ley "Hadopi" castigando con el corte de conectividad cuando se detectara alguna descarga ilegal. Inglaterra y otros países optaron por caminos similares.

El fracaso ha sido el común denominador de las experiencias.

Nada dice que el proyecto de ley de los Estados Unidos sea la modalidad de éxito. Nuestra ley es clara al respecto: nadie, excepto el autor, tiene derecho a copiar, editar o comercializar las obras protegidas .

Posiblemente, la respuesta no vendrá desde el ámbito legal exclusivamente . Un replanteo de la industria audiovisual, que incluya las condiciones técnicas, los valores económicos de los bienes protegidos, los medios de distribución y la concientización serán posiblemente las respuestas que en un ámbito interactivo como es Internet deberán confluir si pretendemos finalizar con las mismas de forma exitosa.