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Caso Ferreyra: Pedraza fue condenado a 15 años de prisión y se suspendió la audiencia

Cuando promediaba la lectura del fallo, la indignación y la protesta de los presentes hizo que el Tribunal pasara a un cuarto intermedio.

El sindicalista José Pedraza y su segundo en la Unión Ferroviaria, Juan Carlos "Gallego" Fernández, fueron condenados esta noche a la pena de 15 años de prisión como "partícipes necesarios" del crimen del joven militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra.

  

Así lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal 21, que además condenó a 18 años de cárcel a Cristian Favale y Gabriel Sánchez como "coautores" de "homicidio simple en concurso ideal con  homicidio simple en grado de tentativa", la misma pena que recibió el delegado Pablo Díaz pero como "partícipe necesario".

  

En medio de la lectura del veredicto se produjeron algunos incidentes con Favale, quien intercambió gritos con familiares de Ferreyra y querellantes, por lo que el presidente del Tribunal, Horacio Dias, pidió un receso y ordenó desalojar la sala.

  

Además, el fallo del tribunal condenó a 11 años de prisión a los ferroviarios Jorge Daniel González y Salvador Pipito, como "coautores penalmente responsables de coacción en concurso ideal de homicidio".

  

En tanto, otro de los ferroviarios, Claudio Alcorcel, fue sentenciado a 8 años de prisión como "partícipe necesario penalmente responsable del delito de homicidio" y los policías Luis Osvaldo Mansilla y Jorge Raúl Ferreyra a 10 años de prisión.

      

Antes de la lectura del veredicto, Dias hizo una breve exposición de los argumentos del veredicto, en la que señaló que para el Tribunal el crimen de Ferreyra fue un "homicidio simple por dolo eventual", por lo que no se hizo lugar al pedido de prisión perpetua, y sostuvo que "el apoyo moral y objetivo" de Pedraza y Fernández "constituye complicidad necesaria y no instigación".

  

"No admitimos instigación en cadena, tiene que ser directa y concreta... Entendemos que el apoyo moral y objetivo de las autoridades, de Pedraza y Fernández, constituye complicidad necesaria no instigación", indicó Días.

  

Por otra parte, el magistrado sostuvo que para el Tribunal "tanto Favale como Sánchez son los que dispararon" contra los manifestantes que se retiraban de la protesta en las vías de la línea ferroviaria Roca y que contaron "con el apoyo de la Policía y con el dato que no los iban a detener".

  

Además, el presidente del Tribunal remarcó que si bien "no se sabe qué tirador acabó con la vida de Ferreyra, pero si que se corrió el riesgo de manera conjunta" y agregó: "Los acusadores probaron que existía de parte de la cabeza del sindicato un interés político en reaccionar frente a los corte de vías y que existía un interés económico, lo que no han probado es que esto se neutralizaba con la muerte de una persona".

  

El juez sostuvo además que "no se han probado" las denuncias sobre la existencia de "un plan de tres patas" que involucraría a empresarios, ferroviarios y el Gobierno y aseguró que "eso tampoco se puede inferir del diálogo" entre Pedraza y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, posterior al crimen.

 

"Tenemos la convicción de que cualquier caso, por más implicancia política que tenga, para nosotros es un caso judicial y que la pena se funda y se mide en función de la gravedad del hecho y de la culpabilidad, nunca para dar ejemplos porque en la ejemplaridad esta la sentencia injusta, que instrumentaliza al penado para mandar mensajes al cuerpo social", apuntó Días antes de la lectura del fallo.