Caso Ángeles: ¿cuáles son los puntos claves de la decisión de la Cámara?
Tras la resolución del tribunal de alzada, te traemos los aspectos más relevantes del procesamiento de Mangeri.
Una vez conocida la resolución de la Cámara del Crimen en la causa por el asesinato de Ángeles Rawson, en la cual mantuvo el procesamiento de Jorge Mangeri, el único imputado por el delito, aunque consideró "beneficiar" su situación al rechazar el agravante por alevosía y convertirlo en un "homicidio simple", en DiarioVeloz analizamos los puntos más importantes del fallo.
Referido a la arbitrariedad planteada por la defensa, el tribunal compuesto por los jueces Mario Filozof, Julio Lucini y Ricardo Pinto, estableció que a su juicio "obra en la causa prueba suficiente para tener acreditada, a esta altura de la investigación, la autoría de Jorge Mangeri en el homicidio de Ángeles Rawson".
"Para arribar a esta conclusión, merituamos en primer lugar, la que surge a partir del hallazgo de material biológico del imputado en el cuerpo de la occisa y en una de las sogas que rodeaba sus tobillos y, en segundo, la indiciaria que, completando aquélla, permite reconstruir desde un prisma lógico lo acontecido", comentaron los jueces.
Es realmente importante en este punto del análisis del tribunal el mérito que le otorgaron al ADN que se halló en la soga que ataba los tobillos de la adolescente, ya que según explica solamente se encontraron 10 de los 13 marcadores amplificados para el estudio material biológico coincidente con el de Mangeri, por lo que aclaran: "Si bien lo allí asentado no es concluyente, nuevamente, aparece información genética del imputado, en este caso, en una de las sogas que la occisa tenía en sus tobillos, lo que al menos en este contexto, resulta llamativo y configura un indicador más a ponderar de manera incriminante".
También el tribunal se refirió a las lesiones de Mangeri y su denuncia de apremios, que aunque no las analiza como coincidentes para esa situación (la del apriete), deja abierta la posibilidad de una investigación posterior: "En el mismo orden de ideas, tampoco puede pasarse por alto que las características de las 32 lesiones halladas en el cuerpo de Mangeri no se compadecen con las que tendría producto de los apremios por él oportunamente denunciados y ratificados en las indagatorias que habrían consistido en golpes en la nuca y en su rostro y quemaduras. Sin perjuicio de que su denuncia es materia de investigación en otro sumario".
Además, aunque la Cámara no se expidió sobre la sospecha de abuso sexual, dejó instrucciones al juez Ríos para cuando estén los exámenes complementarios solicitados por la última junta médica: "Sin perjuicio de ello, ante la propuesta efectuada en el marco de la audiencia oral por las novedades de otros delitos que sustituyan la agravante del art.80 inc.2° del código de fondo (el penal), impuesta en el auto de mérito apelado, es indudable que esta instancia no está en condiciones de abordar la cuestión ya que las nuevas circunstancias no están comprendidas en las intimaciones formuladas a Mangeri al ser indagado y su corroboración dependerá, en gran medida, del resultado de los exámenes médicos aún en trámite".
Por último, el tribunal compuesto por Filozof, Lucini y Pinto explicó con contundencia por qué "benefició" a Mangeri al sacar del procesamiento el agravante de la alevosía, ya que las pericias "que evidencian que el ADN del imputado -en mayor o menor concentración según las zonas- fue hallado en tres dedos de la mano derecha del cadáver y en una de las sogas que rodeaba sus tobillos. Esto es relevante pues permite concluir provisoriamente que una de las últimas acciones de la chica fue defenderse del ataque de su agresor y, de ese modo, se habría producido la transferencia del material genético encontrado, posteriormente, en el cadáver".