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Boomerang: de la ficción a la realidad, ahora estudian las arbitrariedades en el Caso Nahir Galarza

El fenómeno Nahir Galarza no cesa en la producción de sugestivos capítulos.  Tras los libros, la película y la serie sobre la mujer más joven (19) en ser condenada a prisión perpetua, ahora, la CIDH avanza sobre cuestiones que se vieron en las ficciones.


Los últimos dos años fueron claves en relación al ferviente debate que el fenómeno Nahir Galarza representó tanto en la opinión publica y en los medios nacionales e internacionales, como en las redes sociales culminando con la llegada de las monstruosas cinematografícas (Paramount-Amazon-HBO) para plasmar semejante interés en  una película y en una serie documental sobre su caso.

Anteriormente, y de allí emanaron los proyectos audiovisuales, el libro escrito por el exvocero de Nahir y manager de medios Jorge Zonzini anticipaba las arbitrariedades del controvertido juicio y el vértigo con el que fue condenada: en tan solo seis meses.
El autor de "El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático" adelantaba es su libro que el juicio a Nahir había sido viciado por pericias apócrifas, arbitrariedades, discriminación y otros tantos actos que mansillaron los derechos constitucionales de la defensa de esta mujer adolescente.



Luego vinieron la película "Nahir" protagonizada por Valentina Zernere (Nahir), Cesar Borbon (Galarza padre), Nacho Gadano (Zonzini), Simón Hempe (Pastorizzo) y Monica Antonópulos  (Madre de Nahir), y la serie documental donde fueron entrevistados cual docureality todos los protagonistas de este emblemático caso.

Ahora, como si la ficción nos trajera otra vez a la realidad, lo planteado en lo audiovisual es traído por la nueva instancia: la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Un ejemplo a citar es el peritaje clave en la condena de Nahir Galarza que fue realizado por una profesional sin acreditación y es por ello que Nahir Galarza sigue generando controversias judiciales y su defensa ha impulsado una nueva denuncia penal que podría impactar directamente en la revocatoria de su condena. 

La presentación realizada por sus abogados, los Dres. José Esteban Ostolaza y Pablo Ezequiel Sotelo, apuntan contra la licenciada en Bromatología Gabriela Estefanía Laiño, quien habría realizado pericias informáticas en la causa que condenó a Galarza sin contar con la capacitación ni la autoridad necesarias para ello.

La denuncia penal, presentada ante la fiscalía  correspondiente y la CIDH, acusa a Laiño de usurpación de autoridad, títulos y honores en concurso ideal con falso testimonio (artículos 247, 54 y 275 del Código Penal). Los abogados sostienen que Laiño, quien se desempeñaba como funcionaria civil en la División Criminalística de la Policía de Entre Ríos, realizó tareas que excedían su formación y su rol administrativo, incluyendo la apertura de teléfonos bloqueados, desgravaciones digitales y toma de muestras fotográficas en el marco de la investigación.

El cuestionamiento principal es que Laiño habría presentado informes periciales en el caso de Fernando Pastorizzo sin contar con la formación específica en informática forense ni estar legalmente habilitada para ello. Este punto quedó expuesto en una demanda laboral que la propia Laiño inició contra el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER), en la que reconoció haber sido obligada a realizar tareas ajenas a su profesión bajo presión de fiscales y autoridades policiales.

Uno de los aspectos más relevantes de la denuncia es que la pericia realizada por Laiño incluyó la intervención sobre el celular de Pastorizzo, lo que habría sido clave en la reconstrucción de los hechos que derivaron en la condena a prisión perpetua de Nahir Galarza. La defensa de Galarza sostiene que si las pericias informáticas fueron llevadas a cabo por una persona sin la debida acreditación técnica, los resultados de esas pruebas deberían ser invalidados, lo que podría significar un replanteo del caso y la revisión de la condena.

Según los abogados de Galarza, la documentación presentada en la demanda laboral de Laiño confirma que ella misma "admitió haber realizado tareas periciales sin estar habilitada", lo que comprometería gravemente la validez de su testimonio en el juicio.
En la demanda laboral, Laiño, detalló episodios en los que los fiscales de Gualeguaychú le ordenaban realizar pericias bajo presión. Uno de los episodios más llamativos que relató ocurrió en diciembre de 2017, cuando por orden del fiscal (del caso Nahir) Sergio Rondoni Caffa, se trasladó a la morgue junto con un oficial de policía para intentar desbloquear el teléfono de Pastorizzo utilizando su huella digital. Esta revelación es clave, ya que demuestra que la obtención de pruebas en la causa se llevó a cabo con procedimientos cuestionables.

Además, Laiño mencionó que en el juicio por el homicidio de Pastorizzo, cuando le preguntaban por su profesión, su respuesta era “Licenciada en Bromatología”, pero que dependiendo del contexto, los jueces evitaban ahondar en detalles sobre sus capacidades técnicas en informática forense.

La sentencia de la Cámara del Trabajo de Entre Ríos en la causa de Laiño contra el IAPSER corroboró que la exfuncionaria no tenía formación en pericias informáticas y que fue sometida a situaciones laborales que le provocaron graves secuelas psicológicas, por lo que se le otorgó una indemnización por incapacidad del 24,3%.

Si la justicia comprueba que Laiño no tenía la formación ni la habilitación para realizar pericias en el caso de Nahir Galarza, abre la posibilidad de cuestionar las pruebas utilizadas en el juicio y, eventualmente, presentar un pedido de revisión de la condena ya que una "pericia apócrifa" vicia de nulidad a todas las demás. Las invalida.
El nuevo escenario podría representar un giro inesperado en el caso que conmocionó a Argentina y reavivar el debate sobre la actuación de la justicia en la condena de la joven entrerriana.

Consultado el primer denunciante y exvocero de Nahir, Jorge Zonzini, sobre este giro sostuvo que "más allá de tener la convicción de haber realizado un excelso trabajo profesional de Control de Daños, para que todo el mundo pudiera ver lo que se quiso ocultar, siempre supe que cuando un alto tribunal internacional, ya que la Corte Suprema se orinó y desestimó revisar el polémico fallo, apreciara el nivel de arbitrariedad y falta de perspectiva de género con que una justicia entrerriana machista, misogina y patriarcal juzgó a una mujer adolescente sumándose a la ola del brutal linchamiento mediático que la vulneró, este fallo vergonzoso se caería".

La CIDH decide y Nahir podría contar con un nuevo juicio supervisado por notables del derecho internacional para garantizarle un juicio justo. De ser así Argentina debería pagar cifras siderales por incumplir con  todos los convenios firmados en materia de "Violencia de Género y Protección de la Mujer" (Belem Do Para, Brasil.1994).

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