Bienes Personales: cuáles son los cambios que prevé el nuevo proyecto que tuvo media sanción en Diputados
Con la modificación dejarían de pagar este tributo 131.000 personas, pero se sube la presión fiscal para 15.000 contribuyentes.
El proyecto de Bienes Personales al que le dio media sanción la Cámara de Diputados incluye cambios no solo respecto de la situación actual del gravamen, sino también del proyecto paralelo que tiene media sanción en el Senado.
Estos son los principales ejes del proyecto que impulsa el Poder Ejecutivo:
¿Cuál es el nuevo mínimo no imponible?
En este punto coinciden los dos proyectos, el que logró hace dos meses la aprobación del Senado y ahora es defendido por la oposición, y el que llevó este martes el oficialismo a Diputados. En los dos casos, el mínimo no imponible a partir del cual se paga el impuesto pasa de $ 2 millones a $ 6 millones.
Para los tributaristas, ante el avance de la inflación esta suba a $ 6 millones resulta insuficiente. Según Miguel La Vista, del estudio La Vista Canal, un mínimo razonable debería estar en $ 20 millones.
Además, para la "casa-habitación", la propiedad en la que vive el contribuyente, el tope para quedar exceptuada pasa de los $ 18 millones actuales a $ 30 millones.
¿Cuántas personas dejarían de pagar?
Desde el Ministerio de Economía indicaron que con los cambios 131.000 contribuyentes dejarán de pagar Bienes Personales. Sin embargo, el mes pasado, la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que la suba del mínimo de $ 2 millones a $ 6 millones liberaría del pago del impuesto a 445.000 personas. Actualmente tributan alrededor de 1 millón de personas.
¿Cómo quedan las alícuotas?
Quienes tienen un patrimonio por encima del mínimo no imponible de entre 0 y 3 millones de pesos pagarán una alícuota del 0,5%. Quienes tengan un excedente de entre $ 3 millones y $ 6,5 millones deberán pagar el 0,75%. Con un excedente de entre $ 6,5 y $ 18 millones, el impuesto es de 1%. Y con un extra de entre $ 18 y $ 100 millones se paga el 1,25%.
Según el tributarista Sebastián Domínguez, esto implica que "no se actualizan los tramos de las escalas del impuesto entre el 0,5% y el 1,25%. Se mantienen en valores de 2019 en cuanto a montos. Esta situación genera que se deba pagar una alícuota mayor por el sólo hecho de incrementarse el valor nominal de los bienes por efecto de la inflación".
¿Quiénes pagarán más?
El proyecto busca acotar la pérdida de recaudación por la suba del mínimo no imponible con el aumento de la alícuota para los contribuyentes de mayor patrimonio. Así, la alícuota para los patrimonios que superan los $ 100 millones, que son alrededor de 15.000 personas según informó la cartera que dirige Martín Guzmán, pagarán 1,5% en vez de 1,25%. Además, la alícuota se extiende a 1,75% para patrimonios mayores a $ 300 millones.
"Los nuevos tramos permitirán mejorar la equidad vertical entre contribuyentes con patrimonios de mayor cuantía, incorporando mayor progresividad. De esta manera, el proyecto busca modificar el impuesto a los Bienes Personales para que un significativo número de contribuyentes vea reducida su carga tributaria, mientras que aumenta en un conjunto pequeño de 15.000 personas", indicaron desde Economía.
¿Qué pasará con los bienes en el exterior?
Como ocurrió varias veces en la historia argentina, lo que había empezado como un recargo transitorio se convertirá en "permanente" si se aprueba esta ley. Cuando asumió Alberto Fernández se estableció una alícuota máxima de 2,25% para los bienes en el exterior. Ese adicional estaría vigente por dos años y luego se volvería al nivel precedente. Para algunos tributaristas este sobrecargo es inconstitucional.
Primero el Gobierno intentó convertir ese recargo en permanente a través del proyecto de Presupuesto que naufragó la semana pasada en el Congreso.
Tras esa derrota, se optó por sumar ese cambio a este proyecto de Bienes Personales. "Se incorporan, de manera permanente, en la Ley del impuesto las alícuotas diferenciales para los bienes situados en el exterior, vigentes actualmente por disposición del Decreto 99/19, y la facultad al PEN para reducirlas en caso de verificarse la repatriación de una porción de los mismos.", indicaron desde Economía.
¿Cómo se actualizará el índice?
El proyecto incorpora un mecanismo de actualización anual y automática de los montos de los mínimos no imponibles del artículo 24 -general y especial para casa-habitación-, y de los montos de los tramos de las escalas de alícuotas del artículo 25, mediante el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC).
Esto implica que el índice se actualizará por inflación. Para el próximo período fiscal se tomará la variación entre octubre de 2022 y octubre de 2021.
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