Policiales
Atentado a Cristina Kirchner: dictaron prisión preventiva para Agustina Díaz y a Nicolás Carrizo
Así lo decidió la jueza federal María Eugenia Capuchetti. En la causa ya están procesados como coautores Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte.
A casi un mes del intento de magnicidio contra Cristina Kirchner, la Justicia procesó y dictó la prisión preventiva para Nicolás Gabriel Carrizo, el denominado jefe de los “copitos”, y a Agustina Díaz, amiga de Brenda Uliarte, como partícipes secundarios del plan.
Los procesamientos se tratan de una decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti, que los embargó a cada uno por $100 millones y dispuso que sigan detenidos. “Quedó demarcada la intención previa, preordenada y directa que han tenido los imputados de acabar con la vida de la víctima”, afirmó la jueza.
Según el fallo al que accedió Infobae, el atacante Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte podrían haber llevado adelante el plan de matar a la Vicepresidenta sin la ayuda de Carrizo y Díaz, pero los dos tuvieron pleno conocimiento de la intención de asesinar la vicepresidente y luego volvieron a interactuar con Brenda, cuando “Nando” ya había quedado arrestado a metros de la casa de la ex presidenta, tras el fallido intento de dispararle en la cara. Es más, el reporte de geolocalización de los celulares confirma que ni Carrizo ni Agustina Díaz estuvieron en el lugar del hecho esa misma noche.
“Los sucesos del 1° de septiembre fueron el capítulo final del plan delictivo que previamente habían acordado, diseñado y estudiado Brenda Elizabeth Uliarte, Fernando André Sabag Montiel, Nicolás Gabriel Carrizo y Agustina Mariel Díaz”, sostuvo Capuchetti tras la reconstrucción que permitieron hacer el análisis de los celulares de los implicados. Todo comenzó el 22 de abril cuando Brenda contó que había comprado una pistola semiautomática que luego usó su novio para intentar matar a Cristina Kirchner.
Sin embargo, dijo la jueza, “corresponde hacer una distinción en la participación que le corresponde tanto a Carrizo como a Díaz”. Y detalló: “Es que si alguien no tiene objetivamente el dominio sobre el acontecer de un hecho y no toma parte en el ejercicio del mismo –si no tiene las riendas del evento–, no puede ser autor. Brenda y Sabag Montiel fueron los coautores. Y Carrizo y Díaz, cuyo rol estuvo supeditado a la ejecución del hecho por parte del resto de los intervinientes, sólo pueden responder en calidad de cómplices”.
“Planificar no es lo mismo que ejecutar”, señaló la jueza. Y les asignó un rol de partícipes secundarios porque, de no haber efectuado sus contribuciones, el delito igualmente podría haberse configurado de la manera en que se hizo y conforme la concreción del plan criminal acordado. Es más, el fallo sostuvo que “si bien Carrizo formalizó un aporte mediante la entrega de un arma de fuego, lo cierto es que se trataba de un calibre .22 y dicha arma no fue la utilizada por Sabag Montiel para llevar a cabo la conducta ilícita”.
Según concluyó, Carrizo y Díaz, junto a Sabag Montiel y Uliarte, llevaron adelante el acuerdo premeditado para darle muerte a Cristina Kirchner. “El análisis global de las conversaciones mantenidas entre ellos permitió establecer que todos los imputados confluyeron en el propósito de causarle la muerte a la Vicepresidenta de la Nación, intercambiando opiniones acerca del modo en que debía ser llevado a cabo el hecho”.
Dejá tu comentario