Sociedad
AFIP: ganó un juicio para reclamar millones a una tabacalera pero por ahora no lo cobra
Por una cautelar, Tabacalera Sarandí no pagaba un impuesto de alrededor de $78 por atado de cigarrillos; la Corte dejó sin efecto la medida, pero el recaudador no lo percibe.
Detrás de las marquillas de cigarrillos se ha instalado una enorme pelea entre las grandes tabacaleras. El punto distintivo que tiene esta polémica es que la AFIP, que muestra los dientes con los contribuyentes, tomó una posición particular y decidió que una de las tabacaleras más importante no pague un impuesto. Incluso, después de que la Corte Suprema dejara sin efecto la exención que le daba la posibilidad de vender una marquilla a mitad de precio.
Por ahora, los recaudadores que dirige Mercedes Marcó Del Pont no tienen pensado intentar cobrar al menos $40.000 millones de retroactivo ni tampoco obligarlos a tributar lo mismo que sus competidores. Una ventaja competitiva única en momentos de necesidad de recaudación. Y no solo eso: ese impuesto fue colocado por el entonces presidente Néstor Kirchner no sólo con fines económicos, sino también para desalentar el consumo de tabaco.
La disputa no es menor, ya que en el medio, además del organismo recaudador y el máximo tribunal, está Tabacalera Sarandí, una de las empresas que más cigarrillos vende en el país. Además, de cerca miran las multinacionacionales Massalin Particulares y Nobleza Piccardo.
El asunto ha pasado desapercibido, pero se trata de un conflicto de años que terminó por decidir la Corte. La historia es simple. Una pyme, Tabacalera Sarandí, que tenía un par de puntos del mercado en 2016, logró que la justicia en lo contencioso administrativo le concediera un amparo para no pagar un impuesto interno. De esa manera, los cigarrillos Red Point, beneficiados por esta medida para promover el trabajo de las pequeñas tabacaleras, se comercializó desde el fallo a menos de la mitad de precio que las otras marcas de las multinacionales.
La AFIP se presentó para reclamar el pago de ese monto, ya que aquella pyme se convirtió en la dueña de alrededor de 25% del mercado a fuerza de precio de oferta. Finalmente, este año, la Corte le dio la razón a la AFIP y decidió que empiece a tributar, además de pagar el retroactivo. Pero no ha pasado nada; nadie reclama aquella deuda y lo que es más extraño, nadie impone el impuesto ahora.
La Nación se comunicó con la AFIP y la respuesta fue esquiva. “Estamos estudiando la determinación del retroactivo”, contestaron. No hubo respuesta, en rigor un tibio intento de explicar que no se expidió respecto de la cuestión de fondo sobre la decisión de que a partir del fallo no se aplique la nueva composición tributaria, según lo que dispuso la Corte.
La disparidad de criterios entre Tabacalera Sarandí y la mayoría de los contribuyentes argentinos sólo se entiende por el manojo de nombres que se escuchan cuando se habla de la empresa del Sur del Gran Buenos Aires. La política conoce las bondades de la billetera de la empresa; la Justicia, sabe los nombres de varios interlocutores que se interesan siempre en las causas. Uno de ellos, el del exagente de la AFI, Jaime Stiusso, al que varios apodan “el tabacalero”.
Aquel impuesto mínimo se instauró en 2004, cuando el presidente Néstor Kirchner firmó el “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de los cigarrillos”.
En 2008, ya con Cristina Kirchner en la Casa Rosada, el Congreso lo convirtió en ley; llevó el número 26.467. En 2017, en la reforma tributaria de Mauricio Macri, se modificó el cálculo y se determinó que el gravamen ya no sería un porcentaje del precio, sino que era fijo y se ajustaba por inflación. En el último trimestre el gravamen fijo del impuesto interno mínimo es de $97,79.
La norma estableció que después de pagar ese impuesto mínimo, una manera de desincentivar el consumo de tabaco, se deberían calcular los otros. Pero una de las por entonces pequeñas empresas, Tabacalera Sarandí, recurrió a la Justicia y logró que la eximan del pago.
Aquel mercado cambió. De hecho, Tabacalera Sarandí tiene mucho más mercado (prácticamente el doble) que Nobleza Piccardo, y ya orilla el 25%. Aquel impuesto que impuso Kirchner sólo es abonado por las internacionales. De hecho, otras pequeñas como Cigarrillos y Tabacos, For Men, Black Tobaccos, Nuevos Senderos, Deloren, Global Tabaco, TabesEspert, Bronway Technology y Centro Tabacalera tampoco incluyen el gravamen en sus precios.
Cuando el caso llegó a la Corte, se sucedieron varios hechos. El primero fue que Tabacalera Sarandí recusó al juez Carlos Rosenkrantz por considerar que existía un “conflicto de intereses” que le impedía ser imparcial a la hora de resolver el conflicto. La empresa denunció que la hija del juez trabajaba, o había trabajado, en un estudio jurídico que atendió durante años a las tabacaleras. Si bien no es motivo de recusación, el magistrado se abstuvo de votar.
Durante meses, un lobby subterráneo se instaló en los despachos más empinados del alto tribunal. Finalmente, revocó una medida cautelar que beneficiaba a Tabacalera Sarandí desde 2016 y que la eximía del impuesto interno mínimo.
La venta de cigarrillos tiene impuestos en torno del 80%, dado que se encuentra gravada con cinco tributos (Fondo de Asistencia Social, Fondo Especial del Tabaco, Impuestos Internos, Impuesto al Valor Agregado e Ingresos Brutos). Por la venta de marquillas, el Gobierno recaudará alrededor de $200.000 millones en 2021. Se distribuyen entre el Tesoro Nacional, los gobiernos subnacionales, las provincias tabacaleras y la Anses.
Después de años, la AFIP acudió en queja a la Corte Suprema. Previo dictamen de la Procuración General de la Nación, el tribunal dejó sin efecto la medida cautelar. El fallo se remite a las consideraciones de la procuradora fiscal ante el máximo tribunal, Laura Monti, quien en diciembre de 2019 se había expedido a favor del planteo de la AFIP. Señalaba que Tabacalera Sarandí “no ha logrado acreditar el peligro irreparable en la demora que el pago del impuesto interno de acuerdo a la normativa impugnada le produciría, pues ni siquiera ha alegado –y mucho menos demostrado– que se torne imposible o improbable la continuación de sus actividades en el futuro, en la forma como lo ha hecho hasta ahora, hasta obtener una sentencia final favorable a su derecho”.
Pero ahora la AFIP no parece tener apuro en cobrar los impuestos a las tabacaleras. Toda una anormalidad en un país en el que la presión tributaria no ha parado de subir en los últimos años.
Extraido de La Nación.
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