Adriana, la ídola de los más chiquitos, está procesada por la Justicia
La Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música acusó a la cantante por defraudación.
La cantante de temas infantiles "Adriana", Adriana Frida Szuterman Esses, quedó en los umbrales de un juicio oral y público por presunta "defraudación" en el que podría ser condenada a penas que van desde el mes a los seis años de prisión, indicaron esta mañana fuentes judiciales.
La Sala Cuarta de la Cámara del Crimen confirmó los procesamientos de "Adriana" y su esposo y productor Sergio Strauch, por el presunto delito contemplado en el artículo 72, inciso "d", de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece que "se consideran casos especiales de defraudación" a quien "edite o reproduzca mayor número de los ejemplares debidamente autorizados".
Los camaristas Mariano González Palazzo, Carlos Alberto González y Alberto Seijas recordaron que la causa fue iniciada por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), que refirió que se declaró "la confección de unos 24 mil discos compactos y DVS con sus actuaciones, cuando en realidad habían sido casi 110 mil".
Los acusados reconocieron que se había "producido una cantidad superior de discos compactos de aquella que los imputados plasmaron en los formularios de `solicitud de autorización previa y declaración jurada para producciones fonográficas particulares`", y la artista pagó la diferencia entre lo declarado y lo real.
No obstante, el tribunal consideró que el delito se comete "cuanto el agente autorizado por la entidad competente edita una mayor cantidad de ejemplares a la permitida" y lo "ilícito es el exceso al que se hizo alusión, y no la reproducción o el uso en sí mismo".
"La conducta típica quedó consumada al haberse concretado el perjuicio efectivo contra los derechos de explotación derivados de la expedición de un número mayor de ejemplares a los que fueran habilitados", dijeron los jueces y añadieron que "la reparación ulterior, abonando las diferencias con los intereses respectivos, no le resta ilicitud al accionar".
Los magistrados explicaron que "tanto Strauch como Szuterman Esses rubricaron los formularios de mención, en los cuales se encuentra visible y claramente plasmado el porcentaje que corresponde abonar en concepto de regalías por cada ejemplar fabricado".