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Adicciones, el imperio del deseo

Por Omar Ledesma. Las adicciones concentran sus ganancias en manos de unos pocos, y procedentes en forma sistemática de la pérdida de muchos.

Obviamente, las adicciones concentran sus ganancias en manos de unos pocos, y procedentes en forma sistemática de la pérdida de muchos; si fuera sólo por el dinero, podría hasta no considerarse un problema por los pensamientos más pragmáticos, pero se apoderan de todo, y el objeto principal es la salud del potencial consumidor. Más personas enfermas, más ganancias, una ecuación muy simple. El subtítulo en realidad es de doble lectura, el imperio económico de los primeros, y el absoluto sometimiento de la voluntad del adicto, como veremos a continuación.

“Yo fumo/ yo fumo faso/ yo tomo alcohol solamente con el asadito del domingo, lo dejo cuando quiero, no tengo problemas”

Cuantas veces, y a veces (muchas) en nuestro núcleo íntimo, escuchamos este tipo de afirmaciones, son las clásicas de quienes han blanqueado con su núcleo primario o el ampliado su consumo de sustancias. Los tres ejemplos mencionados no son al azar, primero porque dos de las sustancias, el tabaco y el alcohol son de consumo legal, y la marihuana, si bien no legalizada, incorporada como “droga blanda” y por tal denominación, incorporada al compartimento social “porque no hace nada”, y se incorpora en los usos y costumbres de la sociedad en subgrupos y momentos dados. Pareciera, por otro lado, que hablando de los usos y costumbres, como las drogas son lícitas no debieran producir adicciones, sino a lo sumo intoxicaciones, lo que nos lleva a consideraciones preliminares: el tabaco, además de cancerígeno por todos los aditivos, es mas adictivo que la cocaína, el alcohol, socialmente incorporado en las diferentes culturas humanas, produce intoxicación aguda y en su continuidad de consumo repercusión en toda la corporalidad, y la marihuana, si bien no genera dependencia física, si produce dependencia psicológica, y como agregado, un potencial cancerígeno aproximadamente 200 veces más potente que el tabaco. Por otra parte, el consumo elevado de cantidades de las drogas mencionadas, va a configurar la obtención de un placer dado, que redundará en primera instancia, en un consumo problemático de sustancias.

El círculo se estrecha…

En tanto se disponga de un consumo problemático se agrava, la persona consumidora irá adquiriendo una tendencia a la búsqueda, primero moderada y luego compulsiva de su droga de abuso, dejando de lado en forma progresiva y creciente su cuidado personal, y sufriendo deterioro progresivo de sus relaciones interpersonales (generalmente las primeras son con su familia, que además, para evitar problemas, provee de la droga de abuso para “calmar” al ya adicto) y en segundo lugar con sus amigos, su ámbito laboral, su posicionamiento social por los montos que deriva a adquisición de su sustancia de consumo o ya adicción. Un viejo axioma de la Psiquiatría Francesa, basada en la exhaustiva observación clínica y de la que todos aquellos que hacemos clínica psiquiátrica, dice que “la moral se diluye en alcohol”, explicando lo escrito más arriba y todo aquello que va a venir, salvo que el sujeto sea convertido en paciente para su tratamiento. Otro tanto ocurre con el resto de las sustancias de adicción, donde no “diluyen”, sino destruyen del mismo modo todo vestigio que quedase de la persona antes de enfermar.

Sobre este último punto, es hasta no hace mucho que se hacía alusión a la adicción como un vicio “fuma así porque es un vicioso…”, “tiene el vicio del alcohol, pero si se mama no jode a nadie, se va a dormir y listo…”. Sin embargo, y para el profano a los conceptos médicos, o negador de los mismos, se abren otras líneas, “vas a ver cómo sale solo cuando se dé cuenta…”, o se traza el uso y costumbre social impuesto: “marihuana=droga blanda, no pasa nada” vs. “Cocaína: “che! Como llegó a eso, esto viene jodido…”. Como todo, el saber popular es sabio, y también es sabio en relativizar, negar, esconder, pretender brindar tratamientos alternativos, y toda otra serie de conductas tendientes a barrer “la mugre abajo del felpudo”, pero el felpudo se hace una montaña, cuando llegamos a tropezar con la montaña del felpudo, ya es mucho lo que pudiera haber hecho desde la transdiciplina necesaria para tratar las adicciones. Ya es tarde, si consideramos los tres niveles de prevención, el primero o prevención apuntaría a una política de salud (claramente dependiente de la de Estado) y a una desarticulación de los circuitos de producción y distribución de las drogas de abuso; el segundo es la intervención, donde encontramos el daño ya ocasionado y debemos ir a reparar desde la ciencia y arte (y nunca más artesanal con una persona que ha perdido su identidad), siempre proporcionando medios óptimos al alcance pero no garantía de fines, por el estado de deterioro de la persona y sus redes de contención, o en el peor de los casos el tercero o posvención, donde se acude a reparar sólo lo recuperable y generar situaciones paliativas para poder generar un futuro de dudosa calidad de vida. En razón del estrechamiento del círculo, el mismo resulta en realidad una espiral descendente, que claramente no tiene un final virtuoso si se libra a la evolución natural.

 

La legislación, la Salud Mental y el paciente: el trío de la permanente discordia.

Resulta paradójico pensar que la Ley de Salud Mental, la Ley de Derechos del Paciente y el mismo Código Civil y Comercial de la Nación en su articulado sobre los denominados “Derechos Personalísimos”, plantean la absoluta soberanía de decisión del paciente en tanto al profesional tratante, consentimiento del tratamiento y aún más, si dicho tratamiento puede o debe realizarse en forma ambulatoria o en internación, comprendiendo en tales tanto un primer tratamiento como la recaída en el consumo.

Ahora bien, la absoluta soberanía en la decisión del paciente, puede, y se ve, coartada por la falta de conciencia de enfermedad, situación y eventualmente y en los casos más graves, de realidad, el estado de intoxicación o situación particular del sujeto torna al paciente a la expresión voluntaria y judicativa (formación de juicio, una de las funciones cognitiva superiores) de un juicio formado, pero sesgado por su realidad, interferido por los afectos o incapaz de expresión adecuada a contexto, por lo que el tratamiento debe ser iniciado por indicación de un Magistrado competente en la materia, y donde la prueba a aportar requiere de la firma de dos médicos psiquiatras o legistas, un psiquiatra y otro integrante del equipo terapéutico, o firma de Perito Oficial de la SCJN en el ámbito de CABA o de Asesoría Pericial (dependiente de la SCJPBA) en el caso de provincia de Buenos Aires.

Por ende el paciente, potencialmente peligroso para sí, terceros y bienes patrimoniales, puede decidir por propia voluntad o por representante designado, su internación terapéutica u otra forma del tratamiento, y si bien quienes nos dedicamos a esta atención tenemos equipos profesionales conformados, como norma general se acepta que el tratamiento en solitario con un solo o múltiples profesionales es en casi todos los casos conducente al fracaso. El espíritu de la Ley, en todo lo explicado, resulta tendencioso en favor del paciente a pesar de la falta de sanidad de su juicio. Por otra parte, la Ley de Salud Mental prohíbe la construcción o funcionamiento de nuevos centros neuropsiquiátricos, a la vez que determina el funcionamiento de centros reguladores del ejercicio de la ley para esta tramitación, los cuales nunca entraron en funcionamiento. Respecto de las comunidades terapéuticas, independientemente de la modalidad de tratamiento propuesta por cada uno, se prohíben las “comunidades cerradas” (aquellas donde el paciente no puede salir sin autorización”, quedando las “comunidades abiertas”, donde el internado puede determinar su salida sin más que la expresión de su voluntad.

Quedan muchos elementos para completar esta nota, motivo por el cual ésta fue la primera entrega de varias más.

Seguimos la semana siguiente, que tengan una buena semana.

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