La ANMAT informó, mediante una Disposición publicada en el Boletín Oficial, la prohibición de venta y comercialización de un aceite.
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En una disposición publicada en el Boletín Oficial se precisó que la causa se inició por denuncias de consumidores que alertaron sobre “elementos extraños” en el producto.
A través de la disposición 3015/2022, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de cuatro variedades de este alimento a base de nueces y cereales.
El primero estaba "falsamente rotulado" y el segundo no estaba registrado y contenía un ingrediente no permitido.
Entre los sancionados hay una crema elaborada a base de cannabis que se presenta como desinflamante y anestésica.
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El organismo impidió su uso y distribución tras una denuncia que alertó sobre su riesgosa comercialización en un sitio web.
Ambos productos carecen de registros sanitarios y son productos falsamente rotulados. El producto lácteo imita a una reconocida marca.
El organismo también retiró del mercado un agua destilada y un té de matcha.
Las disposiciones fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. Se aplicó la misma decisión para una serie de medicamentos y más productos médicos.
Fue a causa del reclamo de un consumidor que compró el producto en un supermercado porteño. La empresa mendocina no tenía la autorización de su establecimiento ni del rótulo.